El Congreso del Estado de México avaló la Ley de Ingresos Municipal, donde se señala
que los ayuntamientos podrán otorgar bonificaciones en los primeros meses del año.
Predial
A partir del 2025 el pago anual anticipado del impuesto predial dará lugar a una
bonificación.
Para quienes paguen en enero será del 8%, en febrero del 6% y en marzo del 4%, cuando
se realice en una sola exhibición.
Adicionalmente, las personas contribuyentes que en los últimos dos años hayan pagado
dentro de esos plazos, gozarán de un estímulo por cumplimiento, consistente en una
bonificación del 8% adicional en enero, 6% en febrero y 2% en marzo.
Agua
En 2025 el pago anual anticipado de agua dará lugar a una bonificación equivalente al 8%
en enero, 6% en febrero y 4% en marzo sobre su importe total, cuando se realice en una
sola exhibición.
Asimismo, quienes en los últimos dos años hayan pagado puntualmente gozarán de un
estímulo adicional por cumplimiento, consistente en una bonificación del 4% en enero y
del 2% en febrero.
En el caso del suministro de agua potable con medidor, la autoridad fiscal recibirá el pago
anual anticipado sobre el promedio total del ejercicio fiscal inmediato anterior, aplicando
las bonificaciones referidas.
Al finalizar el sexto bimestre, determinará el total de metros cúbicos consumidos por el
usuario y si fuera superior a los ya pagados de forma anualizada notificará al
“2024. Año del Bicentenario de la Erección del Estado Libre y Soberano de México”.
Av. Aquiles Serdán. núm. 101-B, Barrio de la Merced, Toluca, México, C. P. 50080
Tels. 722 279 6400 y 722 279 6500contribuyente la diferencia para que se realice el pago correspondiente, dentro de los primeros diecisiete días posteriores a la notificación.
En caso de una diferencia a favor del contribuyente, se hará la compensación con el pago
que se realice del ejercicio fiscal siguiente.
Grupos vulnerables
En 2025 los ayuntamientos también otorgarán a favor de personas pensionadas o
jubiladas, en situación de orfandad, menores de 18 años a través de quienes legalmente
les representen, personas en situación de discapacidad, adultas mayores, viudas, madres
o padres solteros, sin ingresos fijos, y personas físicas, cuya percepción diaria no rebase
dos salarios mínimos generales vigentes, así como a personas liberadas con motivo de
amnistía estatal; una bonificación de hasta el 34% tanto en el pago del impuesto predial,
como en el de agua.
¡A partir del primero de enero aprovecha esos descuentos!